Documentación en España
Mudarte de Italia a España: el padrón y la inscripción en el AIRE
Desde 2024, no inscribirse en el AIRE en los 90 días siguientes a la mudanza cuesta de 200 a 1.000 euros por año. Así encaja con el padrón español.
27 de octubre de 2026 · Riondato & Partners
Quien se muda de Italia a España tiene dos inscripciones pendientes, una en cada país. En España, el empadronamiento en el padrón municipal del sitio donde vives. En Italia, el AIRE, la Anagrafe degli italiani residenti all'estero, el registro de italianos residentes en el extranjero.
Cada una tiene su oficina y su plazo. Y desde el 1 de enero de 2024, saltarse la italiana puede costar entre 200 y 1.000 euros por cada año de retraso.
Quién tiene que inscribirse en el AIRE
La obligación nace de la ley italiana 470/1988, de 27 de octubre. Afecta al ciudadano italiano que traslada al extranjero su residencia habitual. Lo que cuenta es la duración: el artículo 1 deja fuera a quien sale del país por periodos de doce meses o menos y a quien se va por un trabajo de temporada.
Un semestre de Erasmus en Valencia no lleva al AIRE. Un contrato indefinido en Barcelona, sí.
El plazo está en el artículo 6: la declaración se presenta ante la oficina consular competente dentro de los 90 días siguientes al traslado de residencia.
Cómo se hace: Fast It y el consulado
La solicitud se tramita en Fast It, el portal del Ministerio de Asuntos Exteriores italiano. Te identificas, rellenas el formulario con la dirección española completa y adjuntas dos cosas: un documento de identidad en vigor, tuyo y de los familiares que se mudan contigo, y un documento que acredite la residencia en la demarcación consular.
En España la prueba más directa es el certificado de empadronamiento. Cada consulado puede pedir algún papel más, así que conviene revisar la página de la sede que cubre tu provincia: en España son el Consulado General de Italia en Madrid y el de Barcelona.
La inscripción no es automática. El consulado revisa el expediente y lo envía al último municipio de residencia en Italia, que te da de baja en el registro de población residente y te inscribe en el AIRE. El consulado tiene 180 días para hacer ese envío, pero la inscripción produce efectos desde la fecha en que presentaste la solicitud completa.
Un detalle que despista: el certificado de inscripción en el AIRE lo expide el municipio italiano, no el consulado.
Las sanciones de la ley de presupuestos italiana de 2024
La ley italiana 213/2023, de 30 de diciembre, en su artículo 1, apartado 242, reescribió el artículo 11 de la ley del registro de población, la ley 1228/1954. El nuevo apartado 2 sanciona a quien no declara a tiempo su traslado al extranjero con una multa administrativa de 200 a 1.000 euros por cada año que dure la omisión.
Del texto conviene retener tres puntos:
- si la declaración llega con un retraso de noventa días como máximo, la multa baja a una décima parte del mínimo, es decir, 20 euros, siempre que la infracción no se haya detectado ya y que no hayan empezado actuaciones de comprobación que conozcas formalmente;
- la multa la comprueba e impone el municipio en cuyo registro estás inscrito;
- la notificación debe llegar, so pena de caducidad, antes del 31 de diciembre del quinto año siguiente a aquel en que se omitió la declaración.
Lo mismo vale a la vuelta: quien regresa a Italia y no declara a tiempo el traslado de residencia desde el extranjero se expone a la misma multa.
El apartado 243 añadió dos reglas al artículo 6 de la ley 470. Las administraciones públicas italianas que, en su actividad, recojan indicios de una residencia de hecho en el extranjero los comunican al municipio y al consulado. Y el municipio comunica a la Agenzia delle Entrate, la agencia tributaria italiana, las altas y bajas en el AIRE hechas de oficio, para sus controles fiscales.
El padrón en España
El artículo 15 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local es claro: toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente, y quien viva en varios se inscribe solo en el que habite más tiempo al año.
El trámite se hace en el ayuntamiento, con un documento de identidad y un título que justifique la dirección: normalmente el contrato de alquiler, la escritura de compra o una autorización del propietario. La lista exacta la fija cada ayuntamiento.
Para un ciudadano de la Unión la inscripción no caduca. La renovación cada dos años del artículo 16 afecta solo a los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración.
El padrón tampoco es el certificado de registro de ciudadano de la Unión, el certificado verde con el NIE. Ese lo expide la oficina de extranjería o, en su defecto, la comisaría de la Policía Nacional. El artículo 7 del Real Decreto 240/2007 lo exige a quien se queda en España más de tres meses, y la solicitud se presenta en los tres meses siguientes a la entrada. El padrón registra dónde vives; el certificado de registro acredita que resides en España como ciudadano europeo. En el día a día el padrón es el que más te piden, de la tarjeta sanitaria a la matrícula de los hijos en el colegio.
Qué cambia cuando estás inscrito en el AIRE
Con la inscripción, el municipio avisa a la ASL, la autoridad sanitaria local italiana, y se acaba la cobertura del Servizio sanitario nazionale: en Italia ya no tienes médico de cabecera. La asistencia pasa al sistema español, y en las estancias cortas en Italia usas la tarjeta sanitaria europea emitida por España.
El pasaporte y el documento de identidad italianos se piden en el consulado. En las elecciones generales y los referendos italianos votas por correo; en las europeas puedes votar a los candidatos italianos en las mesas que se instalan en las sedes diplomáticas y consulares de los países de la Unión.
AIRE y residencia fiscal no son lo mismo
Desde 2024, el artículo 2 del TUIR, la ley italiana del impuesto sobre la renta, reformado por el decreto legislativo 209/2023, considera residente en Italia a quien durante la mayor parte del periodo impositivo tiene en Italia la residencia según el código civil, el domicilio (entendido como el lugar donde se desarrollan principalmente sus relaciones personales y familiares) o la presencia física. Lo mismo vale para quien figura en el registro de población residente, salvo prueba en contrario. La mayor parte del año son 183 días, 184 en los bisiestos, y cuentan también las fracciones de día.
De ahí salen dos consecuencias. Inscribirse en el AIRE elimina la presunción del registro, pero por sí solo no cierra la cuestión: si la familia sigue en Italia, el fisco italiano puede seguir considerándote residente. Y quien vive de verdad en España sin haberse inscrito ahora puede demostrarlo, porque esa presunción ha pasado a admitir prueba en contrario. La multa del registro, eso sí, sigue ahí.
En España la regla es el artículo 9 de la Ley del IRPF: eres residente fiscal si permaneces en el país más de 183 días durante el año natural o si radica aquí el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos. Si los dos países te consideran residente, decide el convenio para evitar la doble imposición entre Italia y España.
El orden, en la práctica
- Empadronamiento en el municipio español donde vives.
- Solicitud del certificado de registro, si te quedas más de tres meses.
- Declaración en el AIRE a través de Fast It, dentro de los 90 días siguientes al traslado, con el certificado de empadronamiento como prueba de residencia.
Si tienes dudas, Riondato & Partners está aquí para ayudarte
Llevamos más de 45 años acompañando a italianos que se instalan en España y a españoles que se instalan en Italia, con dos registros y dos haciendas que poner de acuerdo. Si estás preparando la mudanza o te das cuenta de que no hiciste el AIRE a tiempo, escríbenos: revisamos contigo tu caso antes de que llegue una multa.
Fuentes
- Ley italiana 213/2023, apartados 242 y 243, y circular 35/2024 del Ministerio del Interior italiano
- AIRE, Ministerio de Asuntos Exteriores italiano
- Ley italiana 470/1988, Normattiva
- Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 15 y 16, BOE
- Real Decreto 240/2007, artículo 7, BOE
- Certificado de registro de ciudadano de la Unión, Policía Nacional